¡Empresario PYME, estás en el lugar correcto! Si buscas optimizar la rentabilidad de tu negocio, mantener un estricto control sobre tus finanzas y evitar problemas con el Ministerio de Hacienda, te presentamos información valiosa sobre deducciones permitidas por la Ley de Impuesto Sobre la Renta. ¡Descubre cómo aprovecharlas al máximo y evitar multas que puedan afectar tus ganancias! 📊
Son deducibles los gastos indispensables para la operación de tu empresa, como:
Energía eléctrica, teléfono y gastos de oficina.
Propaganda, impresos y correspondencia.
Fletes y acarreos no incluidos en el costo.
Importante: No se incluyen gastos personales o que no sean estrictamente necesarios, como cuotas de clubes o servicios de cable.
Podrás deducir salarios, aguinaldos, comisiones y otras compensaciones, siempre que:
Estén vinculados a la generación de renta gravada.
Se hayan realizado las retenciones correspondientes (seguridad social, previsionales e impuesto sobre la renta).
¡Recuerda! También son deducibles las indemnizaciones laborales si cumplen con los requisitos legales.
Deduce:
Pasajes, hospedaje y alimentación estrictamente relacionados con actividades del negocio.
Viáticos documentados para viajes dentro de El Salvador.
Tip: Asegúrate de contar con comprobantes a nombre del contribuyente.
Si tu negocio arrienda bienes muebles o inmuebles (oficinas, bodegas, maquinaria), estos gastos también son deducibles. Eso sí, deben estar directamente relacionados con la generación de ingresos.
Las primas de seguros contra riesgos de bienes utilizados en la producción de renta (como transporte o mercadería) son deducibles. Para personas naturales, se permite deducir hasta el 50% de la prima si la propiedad está parcialmente vinculada al negocio.
Impuestos fiscales y municipales relacionados con la actividad empresarial pueden ser deducidos, siempre que:
Hayan sido causados y pagados dentro del ejercicio fiscal.
Nota: Multas e intereses no son deducibles.
Gastos en combustible para maquinaria, transporte de carga y otros vehículos utilizados directamente en el negocio también son deducibles. ¡Guarda siempre las facturas!
Los gastos de reparaciones ordinarias que mantengan en buen estado los activos de tu empresa son deducibles, siempre que no impliquen remodelaciones o ampliaciones.
La ley establece que no se admiten como deducibles los siguientes rubros:
Gastos personales y familiares: Esto incluye los gastos personales del contribuyente, sus socios, ejecutivos, o familiares. 🌟
Remuneraciones no relacionadas con ingresos computables: Por ejemplo, servicios contratados que no estén vinculados directamente a generar ingresos. Aun así, deberás retener el impuesto correspondiente. ❌
Viáticos y gastos de viaje no indispensables: Si no puedes demostrar que el gasto es esencial para tu negocio, no será deducible. 🌌
Inversiones en bienes inmuebles o vehículos personales: Incluye gastos en combustible, lubricantes o reparaciones que no contribuyan directamente a generar renta gravable. 🚗
Donaciones no autorizadas: Las contribuciones que no cumplan los requisitos estipulados por la ley tampoco serán deducibles. 🌞
Intereses y comisiones: Pagos financieros que no cumplan con las reglas de retención y declaración correspondientes. 💵
Multas, sanciones o intereses moratorios: Este tipo de penalidades no podrás deducirlas. 🚫
Un error común entre PYMEs es no contar con la asesoría adecuada para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones. Esto puede resultar en sanciones por parte del Ministerio de Hacienda, así como en pérdidas significativas que podrían haberse evitado con un buen control contable.
¡No pongas en riesgo tu negocio! Contar con un equipo experto en contabilidad y auditoría es clave para disminuir riesgos, evitar multas y garantizar un crecimiento sostenible.
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Recuerda: una contabilidad organizada es la base para crecer y mantener el control de tu negocio. 🌟
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